La Seguridad Social (es decir, la Administración de Seguridad Social de los EE. UU.) Determinará que un reclamante de beneficios está “deshabilitado” cuando no existe un trabajo que exista en cantidades significativas en la economía nacional que el demandante pueda hacer. Véase el Título 42 del Código de los Estados Unidos, capítulo 7, subcapítulo II, sección 423 (d) (2) (A) y título 42 del Código de los Estados Unidos, capítulo 7, subcapítulo XVI, sección 1382 (a) (3) (B).
Ese es un estándar bastante difícil de cumplir. El reclamante debe estar bastante enfermo o bastante discapacitado para descartar todos los trabajos que existen en cantidades significativas en la economía nacional. El Seguro Social tiene en cuenta la experiencia laboral previa, la edad, el nivel de educación, la alfabetización y el dominio del inglés, por lo que la determinación depende más de las condiciones médicas del demandante. Por ejemplo, si un trabajador de la construcción de 50 años se rompe la espalda y ya no puede realizar trabajo físico, podría ser encontrado discapacitado. Pero un autor publicado de 50 años que sufre la misma lesión podría no encontrarse discapacitado, si el Seguro Social descubre que puede hacer su ‘trabajo relevante’ en el pasado.
Aunque el estándar para “discapacidad” se establece en las secciones de la Ley de Seguridad Social mencionadas anteriormente, existen otras partes relevantes de la Ley de Seguridad Social, y la Seguridad Social también tiene numerosos reglamentos y memorandos que brindan orientación adicional. La Seguridad Social brinda acceso público al texto de la Ley de Seguridad Social y a todas las reglamentaciones de la Seguridad Social en: http://www.ssa.gov/regulations/.
Otro gran recurso es Harvey L. McCormick, Reclamaciones y procedimientos de seguridad social (6ta edición, 2009).
Tenga en cuenta que esta respuesta no pretende ser un consejo legal. Si necesita un asesoramiento que se particularice según su propia situación, no confíe en esta respuesta. Debe comunicarse con un abogado local u organización de ayuda legal.