-1-
Está permitido trasplantar un órgano de un lugar en el cuerpo de una persona a otro lugar en el mismo cuerpo, pero se debe prestar atención para garantizar que los beneficios esperados superan cualquier daño posible; eso está sujeto a la condición de que esto se haga para reemplazar un órgano o una parte del cuerpo perdidos, o para restaurar su forma o función regular, o para corregir una falla o eliminar una deformidad que causa daño psicológico o físico a la persona.
-2-
Está permitido trasplantar un órgano del cuerpo de una persona a otra si es un órgano que se renueva automáticamente, como la sangre y la piel. Pero se debe prestar atención a la condición de que el donante esté completamente calificado y cumpla con las condiciones de shar’i.
-3-
Es permisible hacer uso de órganos que se han extraído del cuerpo de otra persona debido a una enfermedad, como la córnea del ojo de una persona cuyo ojo se ha eliminado debido a una enfermedad.
¿El cáncer seguirá creciendo infinitamente si su huésped no puede morir por nada?
Si eres alérgico a algo y lo comes a propósito y mueres, ¿es ese el suicidio?
-4-
Está prohibido trasplantar un órgano del que depende la vida, como trasplantar el corazón de una persona viva a otra persona.
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Está prohibido trasplantar un órgano de una persona viva cuando su eliminación puede causar el cese de una función esencial, aunque su vida no dependa de ella, como tomar las córneas de ambos ojos. Pero si todavía tiene una función parcial después de eliminarla, entonces el asunto está sujeto a discusión adicional, como veremos a continuación en la sección 8.
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Está permitido trasplantar un órgano de una persona muerta a una persona viva cuya vida o funciones esenciales básicas dependen de ese órgano, sujeto a la condición de que el fallecido lo otorgue antes de su muerte, o de sus herederos después de su muerte, o por las autoridades a cargo de los musulmanes si se desconoce la identidad del difunto o no tiene herederos.
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Cabe señalar que el acuerdo sobre la permisibilidad de los trasplantes de órganos explicado anteriormente está sujeto a la condición de que esto no se haga mediante la venta de órganos, ya que no está permitido someter órganos humanos a la venta bajo ninguna circunstancia.
En cuanto a que el beneficiario gaste dinero para obtener el órgano requerido cuando sea necesario u ofrezca una compensación u honre al donante, esto está sujeto a ijtihaad y a una discusión posterior.
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Todos los casos que tienen que ver con este tema están sujetos a futuras investigaciones y discusiones, y deben ser estudiados y discutidos en una sesión futura a la luz de los datos médicos y las decisiones disciplinarias. Y Allah sabe mejor
Citado de Resoluciones del Consejo Islámico Fiqh.